Tal como veníamos informando desde CAIPIC, estuvimos trabajando durante este año con las nuevas Autoridades Nacionales con el propósito de incluir Normas Técnicas a los componentes para Calzado. Esta resolución nos produce gran satisfacción ya que es el comienzo de un reconocimiento a una problemática planteada desde la Cámara para tratar de prevenir importaciones masivas de insumos para calzado ( partes superiores e inferiores ).
A sólo tres días de que se cumpla un año de la asunción del actual Gobierno, finalmente se oficializaron las primeras normas técnicas para la industria argentina, en este caso en el sector textil y de calzado, y que también funcionarán como barreras para arancelarias a la importación.
De acuerdo con la resolución 404/2016 de la Secretaría de Comercio, publicada ayer en el Boletín Oficial, los fabricantes e importadores de productos textiles o de calzado estarán obligados, dentro de 60 días, a la presentación de una Declaración Jurada de Composición de Productos (DJCP), explicitando la existencia de las fibras en el primer caso, y de los materiales constitutivos en el segundo.
El Gobierno analizó durante todo el año la instrumentación de normas técnicas para la protección de la industria frente a las importaciones, pero también para el cuidado de los consumidores con el control para las fábricas locales. El primer paso se conoció ayer con uno de los sectores más golpeados por las mercaderías del exterior, como la cadena textil, y otro que negoció un cupo importador para 2017, como el calzado.
Procedimiento
La resolución oficial puntualiza que la DJCP (ya existente, pero con serias limitaciones) se formalizará primero en la plataforma informática del Sistema Integrado de Comercio Exterior (Cisco), y luego, la Secretaría de Comercio decidirá la aprobación de la misma.
Cuando la dependencia encabezada por Miguel Braun acepte la DJCP, emitirá un código numérico de aprobación del trámite, que dará un plazo máximo de 120 días corridos para ingresar el o los productos a la Argentina. Si Comercio lo requiere, pedirá la intervención del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) para efectuar ensayos técnicos sobre muestras de los productos.
El sistema de la DJCP se aplica en el sector del calzado por una resolución oficial de 1996. Las presentaciones deben ser firmadas en su totalidad por el importador o sus representantes o apoderados siempre que figuren en el Registro Especial Aduanero, circunstancia que será verificada.
Los interesados podrán tomar conocimiento de los trámites presentados, que podrán tener estado “recibido” u “observado”, a través de una simple consulta ante el SISCO. Las observaciones requieren nuevo trámite, ya que en el caso de que el sistema detecte alguna información consignada en un trámite, el importador deberá presentar nuevamente los datos.