La ley 27.399, prevé el régimen de feriados nacionales y días no laborables. Asimismo, faculta al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deben coincidir con los días lunes o viernes.
En virtud de ello, el pasado 27 de noviembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial el decreto 947 que estableció como días feriados (es decir, que si se trabajan, se debe pagar con 100% adicional) con fines turísticos correspondientes al próximo año, los siguientes:• 24 de mayo de 2021;
• 8 de octubre de 2021;
• 22 de noviembre de 2021. |