Feriados Nacionales. Nuevo cronograma (Decreto de Necesidad y Urgencia 80/2017- B.O. 01-2-17)
En razón del DNU 80/2017 -publicado en el Boletín Oficial el pasado 01/02/2017-, el PEN ha modificado lo dispuesto en el DNU 52/17 respecto a la movilidad de la mayoría de los feriados nacionales.
En consecuencia resolvió exceptuar del listado de feriados trasladables los siguientes días: 24 de marzo, 2 de abril y 20 de junio.
En virtud de lo expuesto, conforme a los cambios planteados y la derogación de los feriados puente dispuesta por el DNU 52/17 (ver hoja de ENERO), les hacemos llegar actualizado el cuadro de feriados nacionales vigente para el corriente año:
1Si bien es trasladable, como se aplica el régimen general, sólo se traslada cuando coincida el día conmemotarivo en el martes, miércoles, jueves o viernes. En el año 2017 como es un día sábado, no se traslada su goce.
Nuestra opinión
Entendemos que se pierde una oportunidad para hacer la reforma que el régimen de feriados requiere.
En la actualidad hay muchas actividades que exigen la prestación de tareas en días feriados nacionales (por ejemplo: servicios brindados al exterior) lo que conlleva a pensar en: a) establecer la obligatoriedad de la prestación en tales días conforme a las necesidades de la actividad; b) no cargar el costo del salario cuando se prestan tareas en tales fechas.
A su disposición para cualquier aclaración.
Marcelo G. Aquino
María José González Martinenghi