Por este medio le informamos que se modificaron (flexibilizaron) los criterios y ampliaron los topes que determinan que una empresa sea o no una PyME. Esta medida, definitivamente inclusiva, tiene la finalidad de permitir que más empresas accedan a los instrumentos de fortalecimiento que la SEPyME pone disposición de todas las PyMES Argentinas.
La resolución, publicada ayer en el Boletín Oficial, implica nuevos valores máximos de las ventas totales que hacen que una empresa sea considerada micro, pequeña o mediana, condición para acceder a los programas de la Secretaría PyME del Ministerio de Industria, así como a otros regímenes y programas financieros del Estado. Como novedad, la resolución de la Sepyme agrega dos medidas adicionales: la primera es que en el cálculo del nivel de ventas de la empresa que para comparar con el límite oficial se permite deducir de las ventas totales de las exportaciones realizadas, hasta un máximo del 35% del total de ventas. De este modo, por cada $100 de ventas se pueden detraer las exportaciones hasta $35. La segunda medida establece que una vez que la empresa demuestra su calidad de PyME ante un programa público, mantiene tal condición durante 24 meses, independientemente de la evolución efectiva de sus ventas.
Estas dos medidas buscan incentivar las exportaciones de las PyMEs, y facilitar el acceso a los programas gubernamentales, permitiendo, también, que la empresa pueda exceder temporariamente la facturación límite, como sucede cuando realiza alguna exportación extraordinaria.
Cabe mencionar que se entiende por ventas totales anuales, el valor de las ventas que surja del promedio de los últimos tres balances o información contable equivalente (adecuadamente documentada), excluidos el impuesto al Valor Agregado, el impuesto interno que pudiera corresponder y, como novedad, deducidas las exportaciones que surjan de los mencionados balances hasta un máximo del 35% de las ventas totales. En los casos de empresas cuya antigüedad sea menor que la requerida para el cálculo establecido, se considerará el promedio proporcional de ventas anuales verificado desde su puesta en marcha.
Los límites que establece el Ministerio de Industria a través de la Sepyme son diferentes según el sector de actividad: